
Una incapacidad permanente es la situación en la que se encuentra un trabajador cuando, tras haber estado sometido al tratamiento médico prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves y previsiblemente definitivas que disminuyen o anulan su capacidad laboral.
¿En qué situaciones te prestamos ayuda legal nuestros abogados expertos en incapacidades?
- Solicitud e iniciación del expediente de incapacidad permanente ante el INSS.
- Reclamación previa por denegación de la incapacidad por parte de la Seguridad Social.
- Impugnación de resoluciones que conceden un grado inferior al que te corresponde.
- Impugnación de altas médicas emitidas de forma prematura.
- Procesos judiciales en el Juzgado de lo Social frente a la denegación del INSS.
- Solicitud de revisión de grado por agravamiento de las lesiones o secuelas.
¿Qué grados de incapacidad podemos reclamar como abogados especialistas en pensiones por discapacidad?
Incapacidad Permanente Parcial
Produce una disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal para la profesión habitual, sin impedir la realización de las tareas fundamentales. Da derecho a una indemnización a tanto alzado.
Incapacidad Permanente Total
Inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, pero le permite dedicarse a otra distinta. Conlleva el cobro de una pensión vitalicia.
Incapacidad Permanente Absoluta
Inhabilita por completo al trabajador para el ejercicio de cualquier profesión u oficio en el mercado laboral. Conlleva una pensión del 100% de la base reguladora.
Gran Invalidez
Situación en la que el trabajador necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida cotidiana (vestirse, desplazarse, comer). Conlleva la pensión correspondiente más un complemento económico.

Nuestra abogada para en incapacidad permanente para JAÉN
Gemma María Fernández Fernández
Contacta con nosotros y te ayudamos
Elige cómo prefieres hablar con nuestro equipo.
MÁS ABOGADOS DE JAÉN ABOGADOS
¿Por qué confiar en JaenAbogados.com?
Éxitos de nuestro bufete de abogados
+977
Sentencias ganadas
+12
Profesionales
+4,7M
De euros recuperados
¡Consúltanos gratis! Te ayudamos
Te contestaremos a la mayor brevedad.
Preguntas frecuentes sobre nuestro servicios de abogado para incapacidad laboral
La cuantía depende del grado reconocido y de tu base reguladora:
- Parcial: Un pago único equivalente a 24 mensualidades de tu base reguladora.
- Total: Una pensión vitalicia del 55% de tu base reguladora (que aumenta al 75% si tienes más de 55 años y no estás trabajando).
- Absoluta: Una pensión vitalicia del 100% de tu base reguladora.
- Gran Invalidez: El 100% de la base reguladora más un complemento económico para retribuir a la persona que te atienda.
Dispones de un plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución para presentar una reclamación previa ante el propio INSS. Si esta vuelve a ser denegada o no responden (silencio administrativo), el siguiente paso es interponer una demanda judicial ante el Juzgado de lo Social.
La fase administrativa ante la Seguridad Social suele demorarse entre 3 y 6 meses. Si es necesario acudir a la vía judicial presentándole la demanda al Juzgado de lo Social en Jaén, el plazo total puede extenderse de 8 a 18 meses, dependiendo del volumen de trabajo del juzgado.
No. En nuestro despacho realizamos una primera valoración totalmente gratuita de tus informes médicos y de tu situación laboral para determinar la viabilidad real de tu reclamación antes de iniciar cualquier trámite.
MÁS INFORMACIÓN EN NUESTRO BLOG
Te mantenemos al día de todas las novedades legales y fallos judiciales de los que podrías beneficiarte.


